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AYUDAS COMUNIDAD DE MADRID: PLAN ESTATAL 2022-2025

Este Plan Estatal 2022-2025 engloba una serie de subvenciones para la rehabilitación de edificios, incluidas las obras con fines de accesibilidad.

Cabe mencionar que todavía están pendientes de convocar dichas ayudas, por lo que esta comunicación está sujeta a los cambios pertinentes que puedan tener lugar cuando el organismo competente publique la solución definitiva.

Estos son los puntos más destacados de estas subvenciones de la Comunidad de Madrid:

Beneficiarios: 

  • Comunidades de Propietarios de edificios de viviendas de la Comunidad de Madrid.
  • Propietarios de viviendas unifamiliares de la Comunidad de Madrid. 
  • Administraciones públicas. 
  • Comunidades de Bienes constituidas conforme a la Ley de Propiedad Horizontal.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

  • Edificios y viviendas finalizadas antes de 2006.
  • Que esté constituida como vivienda habitual en el caso de viviendas unifamiliares.
  • Que al menos el 50% de la superficie construida sobre rasante sea de uso residencial, excluida la planta baja si está destinada a otros usos.
  • Que al menos el 30% de la viviendas que constituyan el edificio sean el domicilio habitual (empadronamiento) de los propietarios, usufructuarios o inquilinos.
  • Disponer del IEE (Informe de Evaluación del Edificio) con anterioridad a la solicitud de ayudas. Es requisito imprescindible, aunque la vivienda no esté obligada a pasarla bien porque no le corresponda por plazo o por que no le obligue el Ayuntamiento.
  • El IEE deberá estar registrado tanto en el Ayuntamiento como en la Consejería de Industria de la CAM, debiendo aportar ambos registros.
  • Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda, Seguridad Social y Comunidad de Madrid.
  • Obras iniciadas después del 1 de enero de 2022

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Obras de accesibilidad subvencionables

Estos son los tipos de obras de rehabilitación con fines de accesibilidad que pueden ser subvencionadas:

1. Instalación de ascensores, Salvaescaleras, rampas, automatismo para apertura de puertas.

2. Instalación de productos de apoyo para el acceso a zonas comunes de personas con discapacidad.

3. Intervenciones que mejoren el cumplimiento del CTE y DB- SUA (códigos y reglamentos).

Importe de las ayudas:

El importe máximo de la concesión será el 60% de la actuación.

Documentación a aportar 

Junto con la solicitud, estos son los documentos que deben ser presentados:

  • Documentación administrativa (NIF, IRPF…).
  • IEE o informe técnico equivalente.
  • Solicitud o Licencia urbanística.
  • Proyecto de Ejecución / Memoria Técnica.
  • Reportaje fotográfico.
  • Certificado de inicio de obra, en el caso de obras iniciadas.
  • Certificados del estado inicial en los casos de mejora de la Eficiencia Energética y Radón.

En cuanto a la justificación de la obra, estos son los documentos que deben ser presentados:

  • Certificado de inicio y final de obra.
  • Licencia o autorización municipal.
  • Facturas.
  • Documentación fotográfica de las obras.
  • Resolución de archivo de la orden de ejecución municipal (en su caso).
  • Certificados de las instalaciones.
  • Registro y Etiqueta del certificado de eficiencia energética (en su caso).
  • Certificaciones finales energéticas y radón.

Criterios De Concesión

Antigüedad del edificio:

  • Edificios de menor o igual a 25 años: 1 punto.
  • Edificios entre 26 y 40 años: 2 puntos.
  • Edificios entre 41 y 60 años: 3 puntos.
  • Edificios entre 61 y 80 años: 4 puntos.
  • Edificios entre 81 y 100 años: 5 puntos.
  • Edificios de más de 100 años: 6 puntos.

Número de viviendas en edificio:

  • De más de 50 viviendas: 1 punto.
  • De 50 a 31 viviendas: 2 puntos.
  • De 30 a 10 viviendas: 3 puntos.
  • De menos de 10 viviendas: 4 puntos.

Discapacidad:

    • Personas confinadas por falta de accesibilidad en el edificio: 1 punto por cada persona en esta situación.
    • Residentes con grado discapacidad igual o superior al 65%:
  • Residente: 4 puntos.
  • De 2 a 5 residentes: 5 puntos.
  • De 2 a 5 residentes: 5 puntos.

Residentes con grado discapacidad igual o superior al 33% o edad igual o superior a 70 años:

  • Residente: 1 punto.
  • De 2 a 5 residentes: 2 puntos.
  • Con más de 5 residentes: 3 puntos.

Estas ayudas del Plan Estatal 2022-2025 son compatibles con las del Ayuntamiento de Madrid, llegando al 100% de la cuantía reconocida.

El abono de la ayuda se practicará una vez finalizada la obra. Desde Ascensores Excelsior gestionamos hasta 3 años las solicitudes de subvención, o hasta la posible consecución de la ayuda.

Para obtener más información, puede solicitar una asesoría técnica completamente gratuita y sin compromiso con nuestros comerciales a continuación:

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