A medida que pasan los años, cambian nuestras necesidades y se hace preciso la instalación de un ascensor. La edad es uno de los condicionantes que hace ineludible la eliminación de barreras arquitectónicas, pero también la llegada de un bebé o una lesión son factores a tener en cuenta.
Ahora bien, a la hora de alcanzar la accesibilidad total, es lógico que aparezcan ciertas dudas. Instalar un ascensor en una comunidad de vecinos no es algo que pueda tomarse a la ligera, pues entran en juego algunos condicionantes y cuestiones legales. Desde aquí vamos a desglosar paso a paso cómo es el proceso de instalación para tratar de aclararlo todo.
Pasos a seguir en la instalación de un ascensor
- Hacer un estudio de viabilidad. Lo primero es analizar la situación para saber si el edificio cumple con todos los requisitos necesarios para implantar un ascensor. Una vez estudiado el caso con detenimiento, si finalmente resultara inviable, siempre se puede optar por otras alternativas adecuadas para mejorar el acceso.
- Solicitar presupuesto. Una vez realizado el estudio, lo siguiente es solicitar un presupuesto para mostrarlo en junta, con la posibilidad de incluir opciones de financiación. Los vecinos deberán opinar al respecto y votar.
- Presentar propuesta en junta. Como ya hemos mencionado, el tercer paso consistirá en reunir a la comunidad para que el presidente o administrador de la finca informe sobre el proyecto. La idea es llevar a cabo una votación, siendo necesaria la mayoría simple para su instalación. Ahora bien, según la Ley de Propiedad Horizontal, su instalación será obligatoria, sin necesidad de votación en caso de que:
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- El solicitante sea mayor de 70 años o cuente con una minusvalía superior al 33%.
- Cuando los gastos anuales de la obra, tras ser descontadas ayudas públicas y subvenciones, no superan las 12 mensualidades ordinarias. Si el gasto supera dichas mensualidades, la diferencia correrá a cargo del interesado.
- Gestionar las ayudas vigentes para su instalación. En caso de que se llegue a un acuerdo satisfactorio, es preciso tramitar las subvenciones y ayudas públicas, cuyo plazo de presentación se encuentre abierto.
- Solicitar la licencia de obras. El arquitecto debe ocuparse personalmente de hacer el seguimiento y estará al corriente de los requerimientos que pudieran surgir por parte del técnico municipal. La licencia de obras se obtendrá en unos meses, todo dependerá de la localidad o distrito que se trate.
- El siguiente paso es planificar una reunión técnica por parte del arquitecto, el jefe de obra y el coordinador de seguridad. El objetivo es definir el plan constructivo al detalle y tomar las medidas de seguridad pertinentes tanto para los vecinos como para los trabajadores.
- Una vez hecho esto, el jefe de obra se reunirá con los vecinos para presentar el proyecto o plan de obra. Aquí se explicará todo el proceso y los detalles de instalación de los próximos días. Asimismo, será un buen momento para que los vecinos puedan escoger los materiales empleados, así como los acabados que lucirá finalmente el ascensor.
La instalación de un ascensor está sujeta a las circunstancias de cada edificio (siendo posible su implantación en el interior o en el exterior) y a las ordenanzas municipales imperantes. No obstante, es fácil encontrar una solución de acuerdo a las necesidades de cada comunidad. Aunque pueda resultar un proceso tedioso, su instalación garantiza la accesibilidad y seguridad para todos los vecinos y aumentará el valor del edificio y de las viviendas instauradas en él.
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