Antes de ponernos en materia, recordemos qué es el foso de un ascensor. Se trata de un espacio vertical cerrado situado por debajo del nivel de calle cuando el sistema elevador se encuentra instalado a cota cero. Esta condición lo expone a posibles inundaciones o filtraciones de agua, por lo que además de estar nivelado, deberá estar adecuadamente impermeabilizado.
La construcción de un foso, que forma parte del hueco mínimo en la instalación del ascensor, se convierte en algo imprescindible para hacer que la cabina se encuentre a nivel. Asimismo, sirve para colocar in situ ciertos elementos importantes para su funcionamiento como mecanismos de frenado (amortiguadores o topes).
La profundidad del foso, por tanto, hace alusión a la medida idónea para que el elevador se quede a nivel con respecto a la planta inferior. Así, las personas podrán entrar y salir del edificio sin el empleo de escalones o rampas.
Aspectos que influyen en su profundidad
A la hora de establecer la profundidad mínima del foso es necesario tener en cuenta las dimensiones del ascensor o el tipo de elevador que se trate. Lógicamente, un ascensor convencional de una comunidad de vecinos no es el mismo caso que un ascensor particular o unifamiliar.
El tipo de sistema utilizado es otra característica más que puede influir a la hora de determinar su profundidad final. En ocasiones se precisa un espacio mayor bajo la cabina por el tipo de sistema implantado, mientras que en otros casos, la cabina puede contemplarse como parte del chasis.
La normativa de accesibilidad también puede variar, todo depende de la legislación contemplada en cada Comunidad Autónoma. Por eso resulta conveniente consultar directamente con el órgano competente o con profesionales del sector.
La distancia que ha de existir entre el ascensor y el suelo no es más que una medida de seguridad para evitar cualquier tipo de accidente con las personas que se beneficien de su uso. De ese modo, ¿cuáles son las profundidades mínimas que debemos advertir según el tipo de ascensor?
Profundidades mínimas según el tipo de ascensor
Cada ascensor deberá someterse a una normativa de seguridad concreta en base a sus características. Cuando hablamos de ascensores convencionales, la ley establece que debe existir una distancia de seguridad mínima, por lo que la construcción de un foso se convierte en algo ineludible.
En estos casos, básicamente la mayoría, la distancia se encuentra entre 1 o 1,2 metros de profundidad. Ahora bien, debemos tener en cuenta ciertas excepciones, como sucede con los ascensores de velocidad reducida. Aquí, la cifra disminuye, dando lugar a un foso que puede variar entre los 30 y 50 centímetros de profundidad.
Sea como sea, lo primero es hacer un estudio de viabilidad y especificar las medidas de seguridad en cada caso. Cuando se trata de ascensores unifamiliares o de uso particular en los que la velocidad es relativamente baja, puede suceder que no exista foso o que el elevador requiera uno de dimensiones muy reducidas.
En estas situaciones, basta con eliminar parte del pavimento, construir un foso con una profundidad ínfima (en torno a los 10 y 25 centímetros), o añadir una pequeña rampa.