El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado, para el año 2021, nuevas subvenciones que buscan la mejora de la accesibilidad en las viviendas, según lo establecido en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Las solicitudes se pueden presentar en un plazo de dos meses a partir del día siguiente hábil de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, es decir, desde el día 4 de mayo hasta el 30 de junio de 2021, ambos inclusive.
¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?
- Comunidades de propietarios y agrupaciones.
- Propietarios de viviendas.
- Propietarios únicos de edificios de viviendas.
- Sociedades cooperativas.
- Administraciones públicas.
- Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
¿Qué tipo de obras se encuentran incluidas?
En lo que a nosotros se refiere, este plan de ayudas tiene un importante apartado dedicado a la seguridad de utilización y accesibilidad.
Por ello, se encuentra incluida la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas o cualquier otro dispositivo de accesibilidad universal.
Del mismo modo, también se contempla la posibilidad de realizar obras en el interior de las viviendas, es decir, todo lo relacionado con vías de circulación, baños y cocinas.
Importe de las ayudas
Las cuantías se encuentran perfectamente definidas, llegando hasta los 8.000€ por vivienda y 80€/metro cuadrado de superficie construida de local participante.
Además, existe un máximo del 40% de la inversión subvencionable.
Requisitos de las viviendas y plazos de ejecución
Las obras deben estar iniciadas con posterioridad al 01/01/2018 y el plazo máximo para terminarlas será de 24 meses contados desde la concesión de la ayuda.
Además, se deben cumplir los siguientes requisitos en los edificios y viviendas:
- Estar finalizados antes de 1996, salvo excepciones.
- El 70% de la superficie construida debe tener uso residencial de vivienda.
- El 50% de las viviendas sean el domicilio habitual.
- Informe de Evaluación de Edificios (IEE), con carácter previo, presentado en el Ayuntamiento correspondiente.
- Disponibilidad de un acuerdo de la comunidad de propietarios.
- Proyecto de Ejecución y Memoria técnica.
- Aportación de las autorizaciones administrativas correspondientes.
Presentación de solicitudes
En cuanto a la documentación que hay que presentar, cualquier solicitud de estas ayudas debe ir acompañada de:
- Certificado de inicio y final de obra.
- Licencia o autorización municipal.
- Facturas.
- Documentación fotográfica de las obras,
- Resolución de archivo de la orden de ejecución municipal (si corresponde)
- Certificados de las instalaciones
- Registro y etiqueta del certificado de eficiencia energética (si procede).
Para obtener más información, puedes consultar el apartado dedicado a Ayudas a la Rehabilitación de Edificios 2021 de la Comunidad de Madrid.