El Plan Adapta 2024 engloba una serie de subvenciones para la adaptación de viviendas a las necesidades de personas con discapacidad sensorial y movilidad reducida, así como algún tipo de enfermedad rara.
Ámbito
Las viviendas o locales objeto de las actuaciones subvencionables deberán estar ubicados en el ámbito municipal de la Ciudad de Madrid.
Requisitos
Personas con discapacidad:
- Tener reconocido y en vigor un grado de discapacidad igual o superior al 33%, que incluya el grado de movilidad reducida positivo (baremo de movilidad reducida positivo) o que la discapacidad sea de carácter sensorial o intelectual. Excepcionalmente, previa valoración de los técnicos del Servicio de Rehabilitación, y siempre que se tenga reconocida la discapacidad, podrá concederse la subvención con un baremo de movilidad reducida negativo cuando se aporte informe médico oficial en donde se acredite que la actuación que solicita es necesaria para la discapacidad que tiene.
- En los supuestos de discapacidad visual, la discapacidad tendrá que ser igual o superior al 65%.
- Estar empadronados en la vivienda del municipio de Madrid para la que se solicita la subvención, así como residir de manera habitual y permanente en la misma, de forma continuada desde al menos octubre de 2023.
- En aquellos casos que hubiera más de una persona con discapacidad en la vivienda objeto de la subvención, se podrá aceptar más de una solicitud siempre que las actuaciones solicitadas en la vivienda no fueran coincidentes.
De los locales. – Deberán estar ubicados en la planta baja de edificios de uso residencial.
Personas con enfermedades raras:
- Tener reconocida una enfermedad rara – Tendrán la consideración de Enfermedades Raras a efectos de esta convocatoria, las enfermedades que dispongan de un código Orpha en el “Listado de enfermedades raras y sinónimos en orden alfabético”.
- Estar empadronados en la vivienda del municipio de Madrid para la que se solicita la subvención, así como residir de manera habitual y permanente en la misma, de forma continuada desde al menos octubre de 2023.
- En aquellos casos que hubiera más de una persona con enfermedades raras en la vivienda objeto de la subvención, se podrá aceptar más de una solicitud siempre que las actuaciones solicitadas en la vivienda no fueran coincidentes.
Ayudas de hasta 30.000 euros y nueva línea para obras en portales
Las ayudas de la nueva edición del Plan Adapta, que pueden alcanzar hasta los 30.000 euros por vivienda, se podrán solicitar desde el martes 16 de abril, hasta el próximo 15 de julio.
En esta quinta edición, la iniciativa vuelve a introducir una novedad destacada: una línea de ayudas específica para las obras de accesibilidad en portales de edificios residenciales. Estas actuaciones incluyen, entre otros, la instalación de rampas, ‘salvaescaleras’, plataformas elevadoras o automatismos motorizados para la apertura de puertas.
Además, por primera vez se ha realizado una guía digital de lectura fácil, disponible también en lengua de signos (mediante vídeos) y un folleto específico para los locales comerciales contemplados en estas ayudas, también en braille.
Y, por primera vez, las concesiones se notificarán de forma individualizada a cada beneficiario. Estas novedades, en la edición de 2024, se suman a la incorporación, el año pasado, de una línea específica para enfermedades raras, convirtiéndo a Madrid en la primera ciudad europea en hacerlo.
Cómo realizar el trámite:
La solicitud de subvención, junto con los anexos que procedan y la documentación exigida, se dirigirá a la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, y podrá presentarse:
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace `Registro Electrónico´ disponible en `Tramitar en línea´ (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Presencialmente: en las Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4.
En Ascensores Excelsior nos ocupamos de la gestión de la subvención para su comunidad o local, o le indicamos los pasos a seguir en los casos que no podemos actuar en su nombre.
Si se encuentran en la necesidad de incorporar una solución de accesibilidad para su edificio, no dude en contactar con nosotros, puede solicitar una asesoría técnica completamente gratuita y sin compromiso con nuestros comerciales a continuación: