Muchas comunidades decidieron dejar de hacer juntas de vecinos desde el pasado mes de marzo. Como ya sabemos, cualquier tipo de reunión supone un foco de contagio y llevarlo a cabo implica una serie de medidas importantes: desinfectar el local, el uso de mascarillas, tomar la temperatura a los presentes, guardar la distancia de seguridad entre vecinos, etcétera.
Por otro lado, la Ley de Propiedad Horizontal establece que las asistencias a las juntas deben hacerse presencialmente o por representación. Esto significa que no contempla la posibilidad de hacerlas telemáticas, por lo que si finalmente se celebrase de esta forma, cabría la posibilidad de impugnar el acta resultante.
No obstante, ante la aparición de temas urgentes que han de tratarse o resolverse con premura, la ley determina que el presidente de la comunidad junto con el administrador están capacitados para tomar las decisiones oportunas e informar después a los vecinos.
¿Está permitido en la Comunidad de Madrid?
Como decíamos, en estos difíciles momentos no hay reuniones en la mayoría de comunidades. Simplemente se limitan a cerrar el ejercicio y mandar las cuentas. Sin embargo, ante situaciones especiales que no pueden esperar, el administrador y el presidente toman el mando.
En el caso de la Comunidad de Madrid, el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid propuso a la Administración que se aplazasen las juntas de propietarios para evitar riesgos innecesarios.
Sólo en la Comunidad de Madrid se celebraban más de 15000 juntas mensuales, la mayor parte de ellas gestionadas por administradores colegiados. Cuando se decretó el primer Estado de Alarma no se celebró ninguna y actualmente es complicado hacerlo teniendo en cuenta las medidas establecidas por las autoridades sanitarias.
El segundo Estado de Alarma llegó después de que el número de casos siguiera creciendo, provocado por el contacto social tanto en espacios públicos como privados. De esa forma, lo más aconsejable es evitar situaciones de contagio asociadas a actos, eventos y reuniones.
La tecnología sigue avanzando y formando parte de nuestras vidas, y las videoconferencias se están convirtiendo en un medio de comunicación habitual. Ahora bien, tal y como hemos mencionado anteriormente, la ley no regula las reuniones de comunidades virtuales, por lo que cualquier acuerdo adoptado no tendría cobertura legal y sería nulo.
El caso de Madrid no es diferente, aunque en la legislación catalana, las comunidades de propietarios disponen de su propio Código Civil, donde se plantea la posibilidad de usar videoconferencias. Por esta razón, los Administradores de Fincas de Colegiados están solicitando que se regulen las reuniones telemáticas ante casos especiales como éste.
Medidas de seguridad
La Comunidad de Madrid decidió por normativa que cualquier reunión de trabajo, incluyendo las juntas de propietarios, podrían celebrarse siempre y cuando cumplieran unas medidas de aforo (50% en zonas confinadas y 75% en el resto), así como otras condiciones de seguridad como guardar las distancia de seguridad, ya sea en espacios interiores o abiertos.
Siguiendo el criterio del Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid o CAFMadrid, estas son las recomendaciones a seguir por las comunidades:
- Evitar celebrar juntas de propietarios ordinarias y extraordinarias, aplazándolas en la mayoría de los casos al año que viene.
- Si se trata de una reunión urgente, con objeto de velar por la seguridad de los asistentes, lo más aconsejable es que no superen las seis personas, incluyendo el administrador. Ejemplos de acuerdos inaplazables pueden ser el inicio de una acción judicial o proponer una derrama para rehabilitar el edificio, entre otras.
Las administraciones públicas aconsejan reducir al máximo el nivel de contactos y limitar el tiempo en lugares cerrados tanto como sea posible. En cuanto a las celebraciones de las juntas de propietarios, siempre y cuando no estén motivadas por asuntos urgentes, lo más acertado es prorrogarlas para no poner en riesgo la salud de los convivientes y asistentes.
Ante esta situación de emergencia, desde CAFMadrid están pidiendo cobertura legal, tal y como han hecho en Cataluña, para aplazar las reuniones y prorrogar los cargos de quienes forman parte de la Junta Directiva como el presidente.