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¿Cuál es la normativa sobre accesibilidad en la Comunidad de Madrid?

Las leyes sobre accesibilidad universal aparecen recogidas en distintas normas, siendo una de las más relevantes la ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas (LRRR). En ella se asegura la mejora en materia de accesibilidad para todos los edificios. Las comunidades de vecinos, además, deben acreditar con el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) que cumplen con la normativa vigente. En esta se contemplan las obligaciones para la supresión de barreras arquitectónicas en todo tipo de edificaciones. Las principales a nivel estatal son:

  • Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
  • Ley 15/1995, de 30 de mayo, sobre límites del dominio sobre inmuebles.
  • Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, sobre condiciones básicas de accesibilidad de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.
  • Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, que regula el Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbana 2013-2016.
  • La mencionada ley 8/2013, de 26 de junio, sobre la rehabilitación, regeneración y renovación urbanas (LRRR).

Así, la LRRR crea un marco legal en el que se describen cuáles son las condiciones básicas de accesibilidad de todos los edificios residenciales y públicos. Además, esta ley define cómo debe ser el acceso adaptado a las distintas zonas comunes de las comunidades de vecinos (piscinas, garajes, trasteros, etc.). También señala que deberán realizarse estas intervenciones siempre que lo solicite una persona con discapacidad o una persona mayor que habite, trabaje o realice un voluntariado en el edificio.

Según la normativa, deben realizarse las intervenciones atendiendo a dos condiciones: por un lado, las obras necesarias no deben suponer una carga económica desproporcionada para los vecinos y, por otro, todos los integrantes de la comunidad deben hacerse cargo de lo que le corresponda.


La legislación sobre eliminación de barreras arquitectónicas en la Comunidad de Madrid

Las normas autonómicas madrileñas sobre accesibilidad arquitectónica se distribuyen en varias leyes y decretos con definiciones técnicas y medidas para asegurar la accesibilidad:

  • Ley 8/1993, de 22 de junio, de promoción de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas de Madrid, modificada en 1999 y 2001.
  • Decreto 153/1997, de 13 de noviembre, por el que se establece el régimen jurídico del fondo para la supresión de barreras y promoción de la accesibilidad.
  • Decreto 141/1998, de 30 de julio, por el que se regulan las ayudas públicas destinadas a la eliminación de barreras y a la promoción de ayudas técnicas.
  • Decreto 71/1999, de 20 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo del régimen sancionador en materia de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
  • Decreto 13/2007, de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el reglamento técnico de desarrollo en materia de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.


Las intervenciones para mejorar la movilidad incluyen la instalación de rampas, plataformas salvaescaleras, elevadores verticales o ascensores. El objetivo es que todas las personas puedan utilizar de forma independiente y segura los espacios de los edificios, garantizando así la no discriminación.

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