La instalación de un ascensor implica legalizarlo en Industria, lo que supone incluirlo en el RAE o Registro de Aparatos Elevadores.
Para llevarlo a cabo hay que aportar la documentación pertinente para su puesta en marcha haciéndose necesario el registro ante cualquier trámite a realizar con el ascensor.
¿Qué es el número RAE de un ascensor?
El RAE o Registro de Aparatos Elevadores es un número de identificación otorgado a un ascensor a través de su registro en el órgano competente de la Comunidad Autónoma que se trate. Como ya hemos mencionado anteriormente, es imprescindible presentar la documentación requerida para su puesta en funcionamiento, siendo necesario incluir el contrato de mantenimiento.
Tramitar el RAE significa que el ascensor se ha instalado correctamente y cumple con la normativa vigente en materia de seguridad.
Legalizar el ascensor es un trámite que debe realizar la empresa instaladora o los titulares/representantes del aparato en base a la aplicación del Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero.
Finalidad del número RAE
El RAE es una identificación única e intransferible que será útil a la hora de resolver cualquier diligencia relacionada con el aparato. Se trata de un número invariable que sirve para identificar cada ascensor.
Para evitar cualquier tipo de confusión, los números registrados deben asignarse convenientemente a cada aparato de forma que sean fácilmente identificables.
Los números RAE son establecidos por la Delegación General de Industria y todos los aparatos nuevos que vayan a ser instalados deben registrarse obligatoriamente. De este modo, cualquier modificación importante, accidente o inspección será notificada y pasará a engrosar el expediente de cada ascensor.
¿Dónde se puede consultar? ¿Existe un registro de datos?
El número RAE debe figurar en una placa rígida según las dimensiones, color y contenido establecido en la Resolución de 31 de enero de 2014.
La placa debe colocarse en la cabina y en la sala de máquinas quedando perfectamente sujeta.
Una simple pegatina no es reglamentaria puesto que debe tratarse de algo duradero en el tiempo. Además, en las inspecciones periódicas del ascensor se trata de uno de los puntos sujetos a revisión. En caso de que el ascensor carezca de ella, será considerado un defecto leve que tendrá que subsanarse antes de la próxima inspección.
La existencia de un registro de datos es imprescindible porque ante cualquier gestión, es necesario identificar el ascensor (por ejemplo, a la hora de recoger el aviso de una sencilla avería, el Centro de Atención al Cliente, podrá localizar el aparato a través de este número).
Esta identificación es de gran utilidad cuando se trata de edificios en los que hay varios ascensores (como es el caso de hospitales o edificios de oficinas) ya que facilita enormemente el proceso de identificación.
Tipos de ascensores en los que es necesario
Los ascensores o aparatos de elevación vertical que son objeto de registro son los siguientes:
- Ascensores para uso de personas.
- Montacargas de uso compartido con personas.
- Elevadores para personas cuya velocidad sea de 0.15 m/s o superior con un recorrido mayor de 3 metros o que comuniquen dos plantas diferenciadas.
El registro o legalización puede realizarse por Internet o de forma presencial, como le resulte más cómodo a la persona interesada.
Anteriormente, los ascensores unifamiliares estaban exentos de su inscripción en el Registro de Aparatos Elevadores, algo que cambió a partir del año 2015, de igual modo, tampoco era obligatorio contar con un contrato de mantenimiento.
Desde la puesta en vigor de la nueva ley, ambos requisitos son imprescindibles. Tal y como establece la Instrucción Técnica Complementaria o ITC, las revisiones de mantenimiento deberán realizarse cada 4 meses como mínimo.